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Notificaciones anónimas

Notificaciones surtidas a personas naturales o jurídicas con domicilio o datos de contacto, desconocido

En atención a lo establecido en la Ley 1437 de 2011, que establece en su artículo 69, lo siguiente:

«Artículo 69. Notificación por aviso: ( …)

Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del aviso y de la fecha en que por este medio quedará surtida la notificación personal.».

El FENOGE, realiza la publicación de notificaciones de orden anónimo, a continuación:

Radicado No

Asunto

Año

20254000001811

Respuesta a comunicación con radicado DOKUS E-2025020287,  trasladada por la Procuraduría Regional de Instrucción Valle del Cauca

2025